Preguntas frecuentes - Anuncios

  • En el baremo de la carrera se valora la FORMACIÓN, y ésta debe constar en el Expediente Personal de Formación (EPF)

    No se valoran publicaciones, movilidades ni otros tipos de méritos que pueden figurar en el EPF. 

    Puedes presentar la formación que cumpla dos condiciones

    •  Organizada por organismos específicos

    "Se valorarán los cursos organizados, impartidos u homologados por las Universidades públicas, Administraciones públicas, INAP, IAAP, organizaciones sindicales o por fundaciones dependientes de cualquiera de las anteriores cuya actividad principal sea la formación".

    • Certificados con número de horas

    "Formación y conocimientos adquiridos (máx. 35 puntos): se valorará a razón de 0,25 puntos por hora"

    "Las actividades formativas en las que se haya expedido certificado de aprovechamiento, se valorarán a razón de 0,30 puntos por hora de formación".

    Procedimiento electrónico para acreditar la formación en el EPF: https://sede.ugr.es/procs/Gestion-de-PTGAS-Acreditacion-del-expediente-personal-de-formacion-EPF/

    La formación gestionada por el Área de Formación del PTGAS ya debe constar en tu expediente personal de formación (EPF).

    Lo puedes comprobar en la Oficina Virtual de la UGR - Formación del PTGAS - Expediente Personal de Formación.

  • Se pueden adjuntar hasta 15 certificados de formación en una solicitud.

    Requisitos:

    • Un archivo PDF no puede contener varios certificados.
    • El nombre de cada archivo PDF debe ser identificativo del certificado que contiene
  • Requisitos de las personas solicitantes.

    Se establecen como requisitos para obtener del segundo al cuarto escalón de la carrera profesional, los siguientes:

    a) Estar en servicio activo en la Universidad de Granada el último día del plazo de presentación de solicitudes.

    b) Haber obtenido durante 2025 la evaluación positiva del desempeño profesional.

    c) Solicitar en tiempo y forma el acceso a la carrera profesional horizontal.

    d) Acreditar los años de permanencia continuada o interrumpida en la administración pública en el correspondiente grupo o categoría:

    • Podrá acceder al segundo escalón de la carrera profesional horizontal el PTGAS que acredite 6 años de trabajo efectivo.
    • Podrá acceder al tercer escalón de la carrera profesional horizontal el PTGAS que tenga reconocido el segundo escalón y acredite 12 años de trabajo efectivo.
    • Podrá acceder al cuarto escalón de la carrera profesional horizontal el PTGAS que tenga reconocido el tercer escalón y acredite 18 años de trabajo efectivo.
  • El periodo de presentación de solicitudes estará abierto del 13 al 27 de febrero de 2026.

    Debe presentar electrónicamente su solicitud a través del siguiente procedimiento de la sede electrónica de la UGR: 

    https://sede.ugr.es/procs/Gestion-de-PTGAS-Solicitud-de-participacion-en-los-procesos-de-acceso-a-la-carrera-profesional-horizontal/

     

  • NO.

    Esta convocatoria sólo permite el acceso a los escalones del 2º al 4º, y en las condiciones y con los requisitos que se determinan en ella. El escalón máximo que se puede reconocer hasta el momento es el 4º.