1.1. COMPOSICIÓN
Vicegerentes del área de RRHH (3)
Directora del Área de Formación del PAS.
Director del Centro de Prácticas de Empresa y Promoción de Empleo.
Responsable del Área de Ergonomía y Psicosociología.
Coordinador de Evaluación de los Servicios
Personal Técnico del Centro de Prácticas de Empresa y Promoción de Empleo (2)
Jefe de Sección de Gestión Centralizada del CSIRC.
1.2. FUNCIONES
Determinar la herramienta que será utilizada en el análisis
Configurar los factores clave a considerar en las distintas tareas
Proponer los grupos de puestos o categorías para su análisis conjunto
Elaborar el inventario de tareas
A) Se elaborará un cuestionario en acceso identificado que deberá ser cumplimentado por la totalidad de la plantilla |
B) Se solicitará que cada ocupante de un puesto indique las tareas que realiza, señalando los valores de los factores clave que se indiquen |
C) Con la información obtenida se elaborará el primer borrador de inventario de tareas, previa validación de los resultados con los/las responsables de las Unidades, será elevado para su debate en el seno de la Comisión Mixta para el Estudio de los Puestos de Trabajo (CMEPT) |
D) Aprobado el inventario de tareas, se iniciará la catalogación y descripción del puesto de trabajo. Dicha descripción será validada por los/las responsable de las Unidades |
E) Catalogados los distintos puestos, se procederá a realizar el Manual de Funciones del PAS de la Universidad de Granada, que será sometido para su aprobación en la CMEPT |
F) Para cada puesto incluido en el manual de funciones, se determinará el CATÁLOGO DE COMPETENCIAS asociado al mismo, que servirá de base para el establecimiento del Sistema de Evaluación del Desempeño previsto en el Complemento de Productividad y Mejora de las Calidad de los Servicios (CPMCS). El perfil de competencias será igualmente competencia de la CMEPT |
“La totalidad de las personas de la unidad realicen la correspondiente evaluación de competencias, al objeto de identificar carencias formativas, en relación con las determinadas para los puestos de trabajo. La negativa individual a realizar la mencionada evaluación supondrá la exclusión de ese trabajador del derecho a percibir este complemento, pero no del resto del personal de la unidad”.
La tarea se considera la unidad mínima necesaria para poder determinar las competencias del puesto y por tanto, las posibles carencias formativas, tal y como se expone en el apartado 2.
3.2. La validación por parte de la Unidad y por tanto, la correspondiente implicación tanto de la/del responsable como de los/las componentes de la misma, sustituye a los Contratos Programa establecidos en el actual modelo de Evaluación del Desempeño, y serán de obligado cumplimiento (objetivo 4 del Primer Nivel del CPMCS) para generar el derecho a percibir el complemento económico asociado al primer tramo del citado CPMCS.
3.5. La primera evaluación del desempeño de las personas de la unidad (en la que se incluirá la evaluación con relación a las competencias establecidas para el puesto de trabajo desempeñado), conforme al sistema y metodología establecidos en cada Universidad se realizará en el mes de septiembre y octubre de 2017.