Para general conocimiento de todos los miembros de la comunidad universitaria, se informa que para la cuantificación de las retribuciones salariales durante el ejercicio económico 2013, la Universidad de Granada está inexorablemente obligada a aplicar el artículo 11 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía cuyo texto literal es el siguiente:
“Artículo 11. Retribuciones del personal de las Universidades de titularidad pública competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
1. Al personal docente e investigador y de administración y servicios de las Universidades públicas andaluzas se le aplicará una reducción del 5% de sus retribuciones periódicas íntegras anuales, que se realizará sobre las retribuciones cuya regulación no sea de competencia estatal.
2. Dicha reducción se llevará a cabo en la forma que se acuerde dentro del ámbito del ejercicio de la autonomía universitaria, y en el ámbito de competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.”
Esta Gerencia ha mantenido diferentes reuniones de trabajo con los órganos de representación tanto de PDI como de PAS para tratar de llegar a acuerdos sobre la forma de reflejar en nómina el descuento del 5% establecido en el mencionado artículo 11 de la Ley 3/2012. Tras la negociación realizada en el transcurso de tales reuniones, a continuación se informa sobre la forma de descuento en las nóminas comprendidas entre enero de 2013 de diciembre de 2013:
1.- PDI Funcionario: El descuento del 5% de las retribuciones anuales se realizará sobre las cantidades a percibir en concepto de Complemento Autonómico, que adquieren carácter de tope máximo del citado descuento, dividiendo la cantidad a descontar en 2 mitades iguales, que se detraerán en cada uno de los pagos de dicho complemento que se realizan en el año.
2.- PDI Contratado: El descuento se realizará prorrateado por mensualidades, aplicándose linealmente un 5% de la cuantía correspondiente a los conceptos afectados, en cada nomina mensual.
3.- PAS Funcionarios de Carrera y Laboral Fijo: El descuento se realizará con cargo a los pagos del complemento de productividad, siempre que la cantidad a descontar sea inferior a éste, en caso contrario el descuento el descuento se realizará prorrateado por mensualidades. Para el Personal de sustituciones e Interino: El descuento se realizará prorrateado por mensualidades, aplicándose linealmente un 5% de la cuantía correspondiente a los conceptos afectados, en cada nomina mensual.
4.- Personal que percibe sus retribuciones con cargo a los presupuestos de investigación: se han realizado las consultas oportunas y se esperará a la respuesta para decidir. En la nómina del mes de enero de 2013 las nóminas de este colectivo no experimentarán descuento alguno.
5.- En el plazo más breve posible se dará a conocer a cada empleado el importe anual de este descuento. Para ello se habilitará la correspondiente opción a través del Acceso Identificado de la pagina Web de la Ugr.
Finalmente, con carácter general, la cuantía de los descuentos no se calculará sobre todos los conceptos retributivos sino, en base al propio artículo 11, sobre las retribuciones periódicas. La Gerencia interpreta este precepto de la manera menos perjudicial posible para los trabajadores de la UGR, como viene haciendo ante las últimas reformas normativas. Así, el detalle de la base de cálculo por colectivos sobre la que se aplicará el 5% de descuento será el siguiente:
Para todos los casos, el descuento se incluirá en nómina como un importen negativo en un concepto denominado “descuento por aplicación del art. 11 de la Ley 3/2012”.
Quedando a la entera disposición de los/as compañeros/as para aclarar cuantos extremos sean necesarios sobre el particular, aprovecho la ocasión para enviar un afectuoso saludo.
Andrés Navarro Galera
Gerente