El Vicerrectorado de Infraestructuras y Sostenibilidad ha publicado una nueva resolución que establece las pautas para el uso de los sistemas de climatización en todos los centros y dependencias de la Universidad de Granada. Esta medida, alineada con la política ambiental de la institución, busca reducir el impacto derivado del consumo energético y las emisiones a la atmósfera.
Estas son las claves principales que afectan al personal de la universidad y al uso de los espacios:
Límites de Temperatura y Humedad
Para garantizar la eficiencia energética, las temperaturas en las estancias habitables (incluidas aulas y salas de estudio) se ajustarán a los siguientes rangos:
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Calefacción: No superará los 21°C.
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Refrigeración: No será inferior a los 26°C.
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Humedad: Se mantendrá una humedad relativa de entre el 30% y el 70%.
No tendrán que cumplir dichas limitaciones de temperatura aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o dispongan de una normativa específica que así lo establezca
Calendario y Horarios de Funcionamiento
El uso de los sistemas de climatización queda restringido a periodos y horarios específicos:
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Temporada de Calefacción: El inicio del periodo dependerá de las condiciones meteorológicas, pero no se iniciará antes del 1 de noviembre. De igual manera, la finalización de la temporada también dependerá de las condiciones meteorológicas, pero en ningún caso se extenderá más allá del 31 de marzo.
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Temporada de Refrigeración: El inicio no será antes del 1 de mayo y la finalización de la temporada de frío dependerá de las condiciones meteorológicas, pero en ningún caso se extenderá más allá del 30 de septiembre.
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Horario diario: De lunes a viernes, de 7:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas.
Medidas de Eficiencia y Restricciones
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Aislamiento térmico: Es obligatorio mantener cerradas las puertas de acceso exterior y las ventanas mientras la climatización esté en funcionamiento. Solo se permite la apertura breve de ventanas para ventilación en estancias sin sistemas mecánicos.
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Prohibición de calefactores: Queda terminantemente prohibido el uso de calefactores eléctricos individuales en edificios con calefacción centralizada, tanto por eficiencia como por seguridad.
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Prioridad técnica: Se priorizará el uso de bombas de calor sobre combustibles fósiles.